Becas y financiamiento

Preguntas frecuentes Beca Doctorado Nacional CONICYT 2018

Noviembre 15, 2017


La Dirección de Doctorados generó un listado donde se resuelven las dudas más frecuentes de los interesados en postular a las Becas CONICYT 2018, el que puedes revisar a continuación:

1. Estoy postulando a un doctorado, pero aún no sé si quedaré y mi programa no me avisará los resultados antes del 7 de diciembre (cierre de postulaciones), ¿puedo postular igual a CONICYT?

Sí, puede. Según el inciso 4.3. de las Bases, para postular a la Beca CONICYT Ud. debe “Encontrarse en proceso de postulación formal, admitido/a o tener la calidad de alumno/a regular de un programa de Doctorado acreditado por la CNA …”.

2. ¿Cómo acredito que estoy postulando al Doctorado?

Existen dos formas. Según el inciso 4.3 de las Bases, “mediante una carta del programa de estudios o el formulario en formato CONICYT (Formulario N°2)”. En el numeral 8.9.8 se detallan ambos documentos.

3. Soy alumno regular de primer año de un doctorado. Si postulo y me adjudico la beca, ¿tendré beca por 4 años?

Según el inciso 3.1 de las Bases, “la duración de la beca. . . será de carácter anual, renovable hasta un máximo de cuatro años contados desde la fecha de ingreso del/de la becario/a al programa de Doctorado…”. Asimismo, según el numeral 3.4, “Quienes hayan postulado en calidad de alumno/a regular de un programa de Doctorado, sólo podrán recibir los beneficios de la beca por el tiempo restante para completar los cuatro (4) años, siempre contados desde la fecha de ingreso al programa de Doctorado”. Esto significa que si al momento de adjudicarse la beca, Ud. está empezando su segundo año, tendrá beca por el segundo, el tercero y el cuarto año (sujeta a condiciones de renovación anual). Si en el tercero, por el tercer y el cuarto año. Si en el cuarto, por el cuarto año.

4. Tengo una licenciatura y también un título profesional. ¿Puedo postular con los dos?

Para efectos de la admisibilidad de su postulación (esto es, que todos los documentos mínimos para postular estén en regla y, así, pasar a la fase de evaluación), basta con que Ud. postule con uno de los dos, aunque según charla de CONICYT llevada a cabo el 8 de noviembre pasado, si presenta los dos (licenciatura y título profesional), se considerará el mejor.

Dado que tanto la licenciatura como el título profesional son válidos para cumplir este requisito, nuestra recomendación es que declare en su postulación aquel donde tenga mejor nota y/o mejor ranking.

5. A propósito de la acreditación de excelencia académica (inciso 4.2): Estoy dentro del 30% superior de mi carrera y además tengo nota superior a 5, ¿con cuál me conviene postular?

Con ambos. Este año a diferencia de años anteriores, es obligación presentar el ranking de egreso de pregrado, se encuentre o no dentro del 30% superior.

Una cosa es acreditar Excelencia, y otra cumplir con los documentos obligatorios de postulación mencionados en el 8.9. de las bases.

6. Actualmente estoy embarazada. Si me adjudico la beca, ¿puedo optar inmediatamente al beneficio de pre y post-natal?

Según el inciso 6.1.5 de las Bases, el beneficio “solo podrá solicitarse durante la vigencia de la beca”. Se entiende por “vigencia de la beca” cuando (1) la alumna ya ha firmado el convenio de la beca y (2) se encuentra dentro de los plazos establecidos como periodo de duración de la beca. Ej.: la beca se inicia el 3/4/2018 y finaliza el 28/2/2021; si solicito el beneficio antes del 3/4/2018, no podré optar al beneficio, porque la beca aún no se encuentra en vigencia. De todos modos, es CONICYT quien tiene la potestad para decidir si otorga o no el beneficio en los casos de aquellas alumnas que al momento de iniciar su beca quieran inmediatamente solicitar este beneficio. Nuestra recomendación es que apenas entre en vigencia su beca, haga las consultas pertinentes y eleve su solicitud inmediatamente al beneficio, siguiendo los requisitos establecidos por CONICYT.

7. Soy beneficiario de una beca de CONICYT para magíster, ¿puedo postular igual a CONICYT?

Sí, puede postular a la Beca. En caso de adjudicarse la beca, lo importante es que al momento de la Firma del Convenio (inciso 5.3.), Ud. ya haya cerrado su beca de Magíster (lo que implica que ha cumplido con todos los requerimientos para ello). Si tiene problemas con el cierre de su actual beca de Magíster para firmar el convenio, será CONICYT quien debe informarle de alternativas o plazos máximos para cerrar su compromiso anterior y firmar el nuevo.

8. CONICYT exige mucha documentación y demanda demasiado tiempo. Además, no creo que me gane la beca, porque mis antecedentes no son los mejores. ¿Es obligatorio postular a esta beca?

Postular a la beca CONICYT no es obligatorio. Si Ud. no quiere postular, ya sea porque le demanda mucho tiempo, porque no le interesa o porque no necesita los recursos de una beca para financiar sus estudios de Doctorado, está en su libre derecho de no hacerlo. Sin embargo, si Ud. quiere optar a los beneficios de las Becas VRI/CPD “Ayudante e Instructor Becario”, es obligación haber postulado a CONICYT. Las becas del CPD están orientadas a alumnos que no se hayan adjudicado Beca CONICYT. Si no postula a CONICYT, se entenderá que no necesita apoyo financiero.

9. Si yo voy a las charlas de orientación del Colegio de Programas Doctorales (CPD), y sigo todos los consejos de los ayudantes, ¿me ganaré la beca?

No podemos asegurar eso. Seguir todos los consejos de los ayudantes no asegura que Ud. se adjudicará la beca. Afirmar eso sería una irresponsabilidad por parte nuestra, dado que nosotros no somos los administradores de la beca. Además, hay una responsabilidad suya, como postulante, respecto a su postulación. Las charlas y horarios de apoyos están diseñados para orientar su postulación y ayudarlo/la a sortear la admisibilidad, reduciendo las probabilidades de quedar fuera de bases. También están orientadas a fortalecer su postulación. Sin embargo, la responsabilidad final de la postulación es del/ de la postulante, como lo señala expresamente el inciso 9.3 de las Bases.

10. Años anteriores, las facultades han emitido certificados, los cuales son documentos oficiales de cada facultad, firmados y validados por la autoridad y que han sido aceptados para postulaciones de años anteriores sin problemas por CONICYT. Debido a razones administrativas, internas de la Universidad, estos documentos pasarán a llamarse “constancias”, por lo que necesitamos saber si estos serán igualmente válidos para efectos de la postulación de este año. Insistimos en que son los mismos documentos, con timbre y firma original de la autoridad de la facultad, sólo cambiaría el nombre de certificado a constancia. ¿Es posible entonces que un alumno postule con las constancias señaladas anteriormente?

Respecto a los documentos de postulación, es importante que estos contengan la información que se solicita en las bases concursales para de esta forma verificar que el antecedente presentado satisface los requerimientos de la postulación. Obviamente el documento debe contener las formalidades mínimas que den cuenta que dicha documentación fue emitida por una autoridad competente de la universidad. La denominación que la universidad le dé a la documentación que emite forma parte de la autonomía universitaria.

11. Este año en las bases del concurso de becas de Doctorado Nacional no notamos un incremento en el beneficio de acuerdo al IPC, sin embargo entendemos que el reajuste se aplicaría en las becas ya asignadas anteriormente, es decir, que los becarios CONICYT del 2017 por ejemplo, verían reajustada su manutención para el 2018, así como también se vería reajustado el arancel de esas becas para el próximo año; es eso correcto?

Efectivamente en las bases para la beca de doctorado nacional, año académico 2018, no fue reflejado un monto reajustado explícito. Sin embargo, de acuerdo al decreto 297/2015 el cual modificó el decreto 335/2010 del Ministerio de educación, está contemplado un incremento de acuerdo al IPC de los beneficios de asignación de manutención y asignación anual destinada al pago del arancel y/o matrícula. Particularmente para el año 2018 se reajustarán desde el 01 de enero de 2018 de acuerdo al IPC anual del año calendario 2017 (enero a diciembre 2017).

12. Dentro de los documentos de postulación a las becas, a diferencia de años anteriores, el certificado de ranking es ahora un documento obligatorio, además de acreditar excelencia académica con el promedio igual o superior a 5.0 como solicita CONICYT. Sin embargo, en nuestra Universidad hay varios tipos de ranking (3 en total), uno por ejemplo de promoción (ingreso), egreso y titulación; por lo que quisiéramos saber cuál de estos es válido para postular a la beca?

Según el inciso 8.9.6. el certificado de promoción no es válido, de hecho en caso de presentar este documento, no será considerado admisible para CONICYT.

Solo son válidos los rankings de egreso de pregrado, donde se exprese explícitamente la posición de egreso del postulante y número total de estudiantes de su generación de egreso o titulación.

Es importante que el documento que entregue, tenga concordancia con la concentración de notas del pregrado.

Ante las dudas con este certificado, se recomienda usar el Formulario Nº 1, el que deberá́ estar suscrito por la autoridad competente de la universidad de origen de pregrado o por la universidad chilena que imparte el programa de Doctorado en Chile.

13. Si la Universidad de destino del postulante realizó el año pasado (o años anteriores) el certificado de equivalencia de notas para estudios en el extranjero, ese mismo documento serviría para postular este año? O habría que pedir otro con la fecha actualizada? La pregunta es porque la equivalencia de notas no variará de un año a otro, pero si Uds. requieren documentación actualizada (fecha) tendríamos que volver a emitir los mismos documentos.

Si el postulante se ha presentado a convocatorias anteriores, puede usar la misma documentación de los antecedentes que no evolucionan con el tiempo, esto es la concentración de notas de pregrado (las notas que obtuvo una persona no cambian con el tiempo). Esta información fue ratificada en la charla con CONICYT.

14. Para el caso de los certificados de nota o ranking los cuales fueron emitidos el año pasado o años anteriores, se deben actualizar sólo por la fecha? Ya que se entiende que éstos datos no variarán de un año a otro. ¿Se puede presentar el mismo certificado del año anterior para este ítem?

Los certificados de notas y rankings por la naturaleza de la información que contienen, son aceptados independiente del año de emisión. Los documentos que si exigen una “vigencia” transformando la fecha de emisión en una variable relevante, son por ejemplo, las cartas de aceptación y los certificados de alumno regular.

Entramado